Disposiciones
Real Decreto Legislativo 1/2013 · LGDPDDisposición adicional octavaInfracciones en materia de accesibilidad y ajustes razonables
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 3 de octubre de 2026. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.
En pocas palabras
La disposición adicional octava de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (Real Decreto Legislativo 1/2013, LGDPD) se titula «Infracciones en materia de accesibilidad y ajustes razonables». Remite a los artículos 81, 24, 25, 27, 28 y 29.
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Texto literal
La aplicación de lo dispuesto en los artículos 81.3.b, 95.2.a, 95.3.e, 95.3.f, 95.3.g, 95.4.f y 95.4.g, en cuanto se derive del incumplimiento de las exigencias de accesibilidad o negativa a adoptar un ajuste razonable, quedará sujeta a lo dispuesto en los artículos 24, 25, 27, 28 y 29 y sus correspondientes desarrollos normativos.