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Articulado

TÍTULO VIII. De las medidas de investigación limitativas de los derechos reconocidos en el artículo 18 de la ConstituciónCAPÍTULO VI. Captación y grabación de comunicaciones orales mediante la utilización de dispositivos electrónicos

Ley de Enjuiciamiento Criminal · LECRIMArtículo 588 quater eCese

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 9 de abril de 2026. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 588 quater e de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECRIM) se titula «Cese» y está en el capítulo VI («Captación y grabación de comunicaciones orales mediante la utilización de dispositivos electrónicos») del título VIII («De las medidas de investigación limitativas de los derechos reconocidos en el artículo 18 de la Constitución»).

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Texto literal

Cesada la medida por alguna de las causas previstas en el artículo 588 bis j, la grabación de conversaciones que puedan tener lugar en otros encuentros o la captación de imágenes de tales momentos exigirán una nueva autorización judicial.

CAPÍTULO VII

Utilización de dispositivos técnicos de captación de la imagen, de seguimiento y de localización

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