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Articulado

TÍTULO III. De la Policía judicial

Ley de Enjuiciamiento Criminal · LECRIMArtículo 285

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 9 de abril de 2026. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 285 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECRIM) está en el título III («De la Policía judicial»).

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Preguntas de test
1

Texto literal

Si concurriere algún funcionario de Policía judicial de categoría superior a la del que estuviese actuando, deberá éste darle conocimiento de cuanto hubiese practicado, poniéndose desde luego a su disposición.

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