TÍTULO V. Disposiciones comunes a las Entidades localesCAPÍTULO V. Estatuto de los miembros de las Corporaciones locales
Ley 7/1985 · LBRLArtículo 76
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 5 de octubre de 2026. Comprobado con el BOE el 21 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 76 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local (Ley 7/1985, LBRL) está en el capítulo V («Estatuto de los miembros de las Corporaciones locales») del título V («Disposiciones comunes a las Entidades locales»).
- Lectura
- 1 min
- Preguntas de test
- 2
Texto literal
Sin perjuicio de las causas de incompatibilidad establecidas por la Ley, los miembros de las Corporaciones locales deberán abstenerse de participar en la deliberación, votación, decisión y ejecución de todo asunto cuando concurra alguna de las causas a que se refiere la legislación de procedimiento administrativo y contratos de las Administraciones Públicas. La actuación de los miembros en que concurran tales motivos implicará, cuando haya sido determinante, la invalidez de los actos en que hayan intervenido.