TÍTULO I. Disposiciones generalesCAPÍTULO II. Atribuciones orgánicas
Ley 5/2023 · LFPAArtículo 7Órganos superiores
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 7 de abril de 2026. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 7 de la Ley de la Función Pública de Andalucía (Ley 5/2023, LFPA) se titula «Órganos superiores» y está en el capítulo II («Atribuciones orgánicas») del título I («Disposiciones generales»). Enumera 2 letras.
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Texto literal
Los órganos superiores en materia de recursos humanos son:
a) El Consejo de Gobierno.
b) La Consejería competente en materia de Función Pública.