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Articulado

TÍTULO I. Administración General del EstadoCAPÍTULO III. Órganos territoriales

Ley 40/2015 · LRJSPArtículo 78La Comisión interministerial de coordinación de la Administración periférica del Estado

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 2 de agosto de 2024. Comprobado con el BOE el 24 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 78 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público (Ley 40/2015, LRJSP) se titula «La Comisión interministerial de coordinación de la Administración periférica del Estado» y está en el capítulo III («Órganos territoriales») del título I («Administración General del Estado»). Tiene 3 apartados.

Apartados
3
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Preguntas de test
1

Texto literal

1. La Comisión interministerial de coordinación de la Administración periférica del Estado es un órgano colegiado, adscrito al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

2. La Comisión interministerial de coordinación de la Administración periférica del Estado se encargará de coordinar la actuación de la Administración periférica del Estado con los distintos Departamentos ministeriales.

3. Mediante Real Decreto se regularán sus atribuciones, composición y funcionamiento.

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