TÍTULO I. Administración General del EstadoCAPÍTULO II. Los Ministerios y su estructura interna
Ley 40/2015 · LRJSPArtículo 60Ordenación jerárquica de los órganos ministeriales
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 2 de agosto de 2024. Comprobado con el BOE el 24 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 60 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público (Ley 40/2015, LRJSP) se titula «Ordenación jerárquica de los órganos ministeriales» y está en el capítulo II («Los Ministerios y su estructura interna») del título I («Administración General del Estado»). Tiene 2 apartados.
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Texto literal
1. Los Ministros son los jefes superiores del Departamento y superiores jerárquicos directos de los Secretarios de Estado y Subsecretarios.
2. Los órganos directivos dependen de alguno de los anteriores y se ordenan jerárquicamente entre sí de la siguiente forma: Subsecretario, Director general y Subdirector general.
Los Secretarios generales tienen categoría de Subsecretario y los Secretarios Generales Técnicos tienen categoría de Director general.