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Disposiciones

Ley 2/2015 · LEPGDisposición transitoria sextaAmpliación de la duración de los permisos por parto y por adopción o acogimiento

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2025. Comprobado con el BOE el 24 de octubre de 2026.

En pocas palabras

La disposición transitoria sexta de la Ley del empleo público de Galicia (Ley 2/2015, LEPG) se titula «Ampliación de la duración de los permisos por parto y por adopción o acogimiento». Enumera 3 letras. Remite a los artículos 121 y 122.

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Texto literal

La duración de los permisos por parto y por adopción o acogimiento establecida en el apartado primero del artículo 121 y en el apartado primero del artículo 122 se alcanzará progresivamente conforme al calendario siguiente:

a) Dieciséis semanas en el caso de nacimientos, adopciones o acogimientos que se produzcan durante el año 2015.

b) Diecisiete semanas en el caso de nacimientos, adopciones o acogimientos que se produzcan durante el año 2016.

c) Dieciocho semanas en el caso de nacimientos, adopciones o acogimientos que se produzcan durante el año 2017 y sucesivos.

Plazos y cifras

Copiados tal cual del texto de arriba, para repasarlos de un vistazo.

  • Apdo. a)Dieciséis semanas en el caso de nacimientos, adopciones o acogimientos que se produzcan durante el año 2015.
  • Apdo. b)Diecisiete semanas en el caso de nacimientos, adopciones o acogimientos que se produzcan durante el año 2016.
  • Apdo. c)Dieciocho semanas en el caso de nacimientos, adopciones o acogimientos que se produzcan durante el año 2017 y sucesivos.

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