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Disposiciones

Ley 2/2015 · LEPGDisposición transitoria decimocuartaIntegración en la función pública autonómica del personal funcionario de carrera procedente de otras administraciones públicas que, en el momento de la entrada en vigor de la presente ley, se halle ocupando con carácter definitivo un puesto de trabajo obtenido mediante transferencia o por concurso

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2025. Comprobado con el BOE el 24 de octubre de 2026.

En pocas palabras

La disposición transitoria decimocuarta de la Ley del empleo público de Galicia (Ley 2/2015, LEPG) se titula «Integración en la función pública autonómica del personal funcionario de carrera procedente de otras administraciones públicas que, en el momento de la entrada en vigor de la presente ley, se halle ocupando con carácter definitivo un puesto de trabajo obtenido mediante transferencia o por concurso». Remite al artículo 104.

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Texto literal

El personal funcionario de carrera procedente de otras administraciones públicas que, en el momento de la entrada en vigor de la presente ley, se halle ocupando con carácter definitivo en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia o en las entidades públicas instrumentales del sector público autonómico un puesto de trabajo obtenido mediante transferencia o por concurso, se integrará plenamente en la organización de la función pública autonómica, en los términos previstos por el apartado cuarto del artículo 104, con efectos desde la fecha de la entrada en vigor de esta ley.

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