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Articulado

TÍTULO VI. Derechos y deberes individuales de los empleados públicosCAPÍTULO III. Movilidad del personal funcionario

Ley 2/2015 · LEPGArtículo 93Toma de posesión de los puestos de trabajo provistos por concurso o por libre designación

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2025. Comprobado con el BOE el 24 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 93 de la Ley del empleo público de Galicia (Ley 2/2015, LEPG) se titula «Toma de posesión de los puestos de trabajo provistos por concurso o por libre designación» y está en el capítulo III («Movilidad del personal funcionario») del título VI («Derechos y deberes individuales de los empleados públicos»). Tiene 2 apartados.

Apartados
2
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Preguntas de test
2

Texto literal

1. La toma de posesión de los puestos de trabajo provistos por concurso o por libre designación deberá producirse en el plazo que reglamentariamente se determine.

2. El personal funcionario de carrera que no tome posesión del puesto de trabajo adjudicado en el plazo establecido decaerá en los derechos que le pudiesen corresponder y, en su caso, será declarado en la situación de excedencia voluntaria por interés particular, en los términos que reglamentariamente se determinen.

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  1. Apartado 2

    Entre los efectos de no tomar posesión del puesto de trabajo adjudicado en el plazo establecido se encuentra la declaración en:

    1. A) Excedencia voluntaria por razones de agrupación familiar.
    2. B) Suspensión provisional de funciones por falta de incorporación.
    3. C) Excedencia voluntaria por interés particular.
    4. D) Excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público.

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Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-2015-5677. Ver la Ley 2/2015 en el BOE (se abre en otra pestaña)

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