TÍTULO III. Régimen jurídico de las entidades instrumentales del sector público autonómicoCAPÍTULO II. Entidades públicas instrumentales del sector público autonómico
Ley 16/2010 · LOXGArtículo 84Endeudamiento
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2025. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 84 de la Ley de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia (Ley 16/2010, LOXG) se titula «Endeudamiento» y está en el capítulo II («Entidades públicas instrumentales del sector público autonómico») del título III («Régimen jurídico de las entidades instrumentales del sector público autonómico»). Tiene 2 apartados.
- Apartados
- 2
- Lectura
- 1 min
- Preguntas de test
- 2
Texto literal
1. Queda prohibido el recurso al endeudamiento a largo plazo en las agencias públicas autonómicas, salvo que una norma con rango de ley lo autorice expresamente.
2. La ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de cada ejercicio autorizará el límite máximo del endeudamiento a corto plazo de las agencias públicas autonómicas.