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Articulado

TÍTULO I. Transparencia de la actividad públicaCAPÍTULO V. Mecanismos de coordinación y control

Ley 1/2016 · LTBGGArtículo 29Portal de transparencia y Gobierno abierto

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2025. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 29 de la Ley de transparencia y buen gobierno de Galicia (Ley 1/2016, LTBGG) se titula «Portal de transparencia y Gobierno abierto» y está en el capítulo V («Mecanismos de coordinación y control») del título I («Transparencia de la actividad pública»). Tiene 7 apartados.

Apartados
7
Lectura
2 min
Preguntas de test
10

Texto literal

1. La Xunta de Galicia, a través de la consejería competente en materia de evaluación y reforma administrativa, en coordinación con el órgano o entidad con competencias horizontales en materia de Administración electrónica, desarrollará el Portal de transparencia y Gobierno abierto, configurado como punto de acceso electrónico para poner a disposición de la ciudadanía, a través de internet, la información que deba hacerse pública de acuerdo con la normativa básica de aplicación y con esta ley.

2. A los mencionados efectos, las consejerías y entidades del sector público autonómico, a través de las unidades responsables, deberán comunicar aquella información al órgano competente para el cumplimiento de sus obligaciones de publicidad, pudiéndose articular la interconexión directa de los datos.

3. El acceso de la ciudadanía a la información del Portal de transparencia y Gobierno abierto será gratuito y respetará los principios de accesibilidad, interoperabilidad y reutilización. La información estará disponible en gallego y castellano.

4. El Portal de transparencia y Gobierno abierto incorporará, en los términos que se establezcan reglamentariamente, otra información de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia cuyo acceso se solicite con mayor frecuencia, así como permitirá la interconexión con otras direcciones electrónicas de la Red de portales de la Administración general y del sector público autonómico, integrada por los portales web y servicios web sociales y participativos cuya titularidad, gestión y administración corresponden a los órganos o unidades de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia en el ejercicio de sus competencias.

5. Los instrumentos de ordenación de la información del Portal de transparencia y Gobierno abierto, las prescripciones técnicas y las unidades encargadas de su organización y gestión, que se determinarán reglamentariamente, garantizarán que la información disponible esté actualizada y que sea accesible y comprensible, y velarán por la accesibilidad universal en los términos previstos en la Ley 10/2014, de 3 de diciembre, de accesibilidad.

El Portal de transparencia y Gobierno abierto estará sometido a las normas generales que rijan la presencia de la Administración autonómica y de su sector público en internet.

6. Reglamentariamente se determinarán las medidas complementarias y los instrumentos de colaboración con las otras administraciones y entidades incluidas en el ámbito de aplicación de la presente ley, a fin de promover la interoperabilidad con las direcciones electrónicas que en ellas se establezcan para el cumplimiento de las obligaciones de transparencia y publicidad activa y para facilitar que las entidades sin ánimo de lucro y corporaciones de derecho público afectadas puedan cumplir con las obligaciones de publicidad activa a través del Portal de transparencia y Gobierno abierto.

7. El Portal de transparencia y Gobierno abierto deberá disponer de un sistema de suscripciones que permita a la ciudadanía recibir de forma automática por medios

electrónicos un aviso de la incorporación al portal de nueva información relativa a aquellos ámbitos, sean temáticos o sean organizativos, de los cuales haya solicitado ser informada.

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  1. Apartado 5

    En el ámbito del sector público autonómico según la Ley 1/2016, las unidades encargadas del Portal de transparencia velarán por la:

    1. A) Accesibilidad informativa.
    2. B) Accesibilidad interactiva.
    3. C) Accesibilidad tecnológica.
    4. D) Accesibilidad universal.
  2. Apartado 3

    De acuerdo con el artículo 29 de la Ley 1/2016, la información del Portal de transparencia y Gobierno abierto estará disponible en:

    1. A) Gallego.
    2. B) Gallego y castellano.
    3. C) Cualquiera de las lenguas oficiales de la Unión Europea.
    4. D) Gallego, castellano y cualquiera de las lenguas oficiales del Estado.

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Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-2016-3190. Ver la Ley 1/2016 en el BOE (se abre en otra pestaña)

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