TÍTULO PRELIMINAR
Ley Orgánica 1/1981 · EAGArtículo 8Una ley de Galicia, para cuya aprobación se requerirá el voto favorable de las dos
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 28 de diciembre de 2022. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 8 del Estatuto de Autonomía para Galicia (Ley Orgánica 1/1981, EAG) se titula «Una ley de Galicia, para cuya aprobación se requerirá el voto favorable de las dos».
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Texto literal
terceras partes de los miembros de su Parlamento, fijará la sede de las Instituciones autonómicas.