Saltar al contenido
Articulado

TÍTULO I Derechos sociales, deberes y políticas públicasCAPÍTULO II. Derechos y deberes

Ley Orgánica 2/2007 · EAANDArtículo 34Acceso a las tecnologías de la información y de la comunicación

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 28 de diciembre de 2022. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 34 del Estatuto de Autonomía para Andalucía (Ley Orgánica 2/2007, EAAND) se titula «Acceso a las tecnologías de la información y de la comunicación» y está en el capítulo II («Derechos y deberes»).

Lectura
1 min
Preguntas de test
1

Texto literal

Se reconoce el derecho a acceder y usar las nuevas tecnologías y a participar activamente en la sociedad del conocimiento, la información y la comunicación, mediante los medios y recursos que la ley establezca.

Artículos relacionados

En el mismo capítulo

Índice de la Ley Orgánica 2/2007