TÍTULO I Derechos sociales, deberes y políticas públicasCAPÍTULO II. Derechos y deberes
Ley Orgánica 2/2007 · EAANDArtículo 33Cultura
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 28 de diciembre de 2022. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 33 del Estatuto de Autonomía para Andalucía (Ley Orgánica 2/2007, EAAND) se titula «Cultura» y está en el capítulo II («Derechos y deberes»).
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Texto literal
Todas las personas tienen derecho, en condiciones de igualdad, al acceso a la cultura, al disfrute de los bienes patrimoniales, artísticos y paisajísticos de Andalucía, al desarrollo de sus capacidades creativas individuales y colectivas, así como el deber de respetar y preservar el patrimonio cultural andaluz.