TÍTULO VIII Medios de comunicación social
Ley Orgánica 2/2007 · EAANDArtículo 211Medios de comunicación públicos. 1. Los medios de comunicación de gestión directa por la Junta de Andalucía y las
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 28 de diciembre de 2022. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 211 del Estatuto de Autonomía para Andalucía (Ley Orgánica 2/2007, EAAND) se titula «Medios de comunicación públicos. 1. Los medios de comunicación de gestión directa por la Junta de Andalucía y las».
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Texto literal
Corporaciones locales orientarán su actividad a la promoción de los valores educativos y culturales andaluces, respetando, en todo caso, los principios de independencia, pluralidad, objetividad, neutralidad informativa y veracidad.
2. Se garantiza el derecho de acceso a dichos medios de las asociaciones, organizaciones e instituciones representativas de la diversidad política, social y cultural de Andalucía, respetando el pluralismo de la sociedad.