TÍTULO VIII Medios de comunicación social
Ley Orgánica 2/2007 · EAANDArtículo 207Derecho a la información. 1. Los poderes públicos de Andalucía velarán, mediante lo dispuesto en el presente
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 28 de diciembre de 2022. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 207 del Estatuto de Autonomía para Andalucía (Ley Orgánica 2/2007, EAAND) se titula «Derecho a la información. 1. Los poderes públicos de Andalucía velarán, mediante lo dispuesto en el presente».
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Texto literal
Título, por el respeto a las libertades y derechos reconocidos en el artículo 20 de la Constitución, especialmente los referidos a la libertad de expresión y al derecho a una información independiente, veraz y plural.
2. Todos los medios de comunicación andaluces, públicos y privados, están sujetos a los valores constitucionales.