TÍTULO VIII Medios de comunicación social
Ley Orgánica 2/2007 · EAANDArtículo 215Nuevos canales audiovisuales. La Comunidad Autónoma podrá crear nuevos canales audiovisuales u otros medios de
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 28 de diciembre de 2022. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 215 del Estatuto de Autonomía para Andalucía (Ley Orgánica 2/2007, EAAND) se titula «Nuevos canales audiovisuales. La Comunidad Autónoma podrá crear nuevos canales audiovisuales u otros medios de».
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comunicación en el marco del ordenamiento jurídico.