TÍTULO IV. Organización institucional de la Comunidad AutónomaCAPÍTULO III. El Presidente de la Junta
Ley Orgánica 2/2007 · EAANDArtículo 118Elección y responsabilidad ante los tribunales
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 28 de diciembre de 2022. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 118 del Estatuto de Autonomía para Andalucía (Ley Orgánica 2/2007, EAAND) se titula «Elección y responsabilidad ante los tribunales» y está en el capítulo III («El Presidente de la Junta») del título IV («Organización institucional de la Comunidad Autónoma»). Tiene 5 apartados.
- Apartados
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Texto literal
1. El Presidente de la Junta será elegido de entre sus miembros por el Parlamento.
2. El Presidente del Parlamento, previa consulta a los Portavoces designados por los partidos o grupos políticos con representación parlamentaria, propondrá un candidato a Presidente de la Junta.
3. El candidato presentará su programa al Parlamento. Para ser elegido, el candidato deberá, en primera votación, obtener mayoría absoluta. De no obtenerla, se procederá a una nueva votación cuarenta y ocho horas después de la anterior, y la confianza se entenderá otorgada si obtuviera mayoría simple en la segunda o sucesivas votaciones. Caso de no conseguirse dicha mayoría, se tramitarán sucesivas propuestas en la forma prevista anteriormente. Si, transcurrido el plazo de dos meses a partir de la primera votación, ningún candidato hubiera obtenido la mayoría simple, el Parlamento quedará automáticamente disuelto y el Presidente de la Junta en funciones convocará nuevas elecciones.
4. Una vez elegido, el Presidente será nombrado por el Rey y procederá a designar los miembros del Consejo de Gobierno y a distribuir entre ellos las correspondientes funciones ejecutivas.
5. La responsabilidad penal del Presidente de la Junta será exigible ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Ante el mismo Tribunal será exigible la responsabilidad civil en que hubiera incurrido el Presidente de la Junta con ocasión del ejercicio de su cargo.
CAPÍTULO IV
El Consejo de Gobierno
Plazos y cifras
Copiados tal cual del texto de arriba, para repasarlos de un vistazo.
- Apdo. 3Para ser elegido, el candidato deberá, en primera votación, obtener mayoría absoluta.
- Apdo. 3…a una nueva votación cuarenta y ocho horas después de la anterior, y la confianza se entenderá otorgada si obtuviera mayoría simple en la segunda o sucesivas…
- Apdo. 3Si, transcurrido el plazo de dos meses a partir de la primera votación, ningún candidato hubiera obtenido la mayoría simple, el Parlamento quedará…