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Articulado

TÍTULO VI. Del Poder Judicial

Constitución Española · CEArtículo 120

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 20 de mayo de 2026.

En pocas palabras

El artículo 120 de la Constitución Española (CE) está en el título VI («Del Poder Judicial»). Tiene 3 apartados.

Apartados
3
Lectura
1 min
Preguntas de test
6

Texto literal

1. Las actuaciones judiciales serán públicas, con las excepciones que prevean las leyes de procedimiento.

2. El procedimiento será predominantemente oral, sobre todo en materia criminal.

3. Las sentencias serán siempre motivadas y se pronunciarán en audiencia pública.

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