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Articulado

TÍTULO V. De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales

Constitución Española · CEArtículo 112

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 20 de mayo de 2026.

En pocas palabras

El artículo 112 de la Constitución Española (CE) está en el título V («De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales»).

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Preguntas de test
7

Texto literal

El Presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, puede plantear ante el Congreso de los Diputados la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general. La confianza se entenderá otorgada cuando vote a favor de la misma la mayoría simple de los Diputados.

Plazos y cifras

Copiados tal cual del texto de arriba, para repasarlos de un vistazo.

  • La confianza se entenderá otorgada cuando vote a favor de la misma la mayoría simple de los Diputados.

Preguntas tipo test de este artículo

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  1. Atendiendo a la literalidad del artículo 112, ¿quién es el sujeto que 'vota' en la cuestión de confianza para otorgarla?

    1. A) Los miembros de las Cortes Generales
    2. B) Los Grupos Parlamentarios
    3. C) El Congreso de los Diputados en sesión conjunta
    4. D) Los Diputados

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Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-1978-31229. Ver la Constitución Española en el BOE (se abre en otra pestaña)

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