TÍTULO II. Personal al servicio de las Administraciones PúblicasCAPÍTULO I. Clases de personal
Real Decreto Legislativo 5/2015 · TREBEPArtículo 8Concepto y clases de empleados públicos
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 3 de octubre de 2026. Comprobado con el BOE el 24 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 8 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015, TREBEP) se titula «Concepto y clases de empleados públicos» y está en el capítulo I («Clases de personal») del título II («Personal al servicio de las Administraciones Públicas»). Tiene 2 apartados y 4 letras.
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Texto literal
1. Son empleados públicos quienes desempeñan funciones retribuidas en las Administraciones Públicas al servicio de los intereses generales.
2. Los empleados públicos se clasifican en:
a) Funcionarios de carrera.
b) Funcionarios interinos.
c) Personal laboral, ya sea fijo, por tiempo indefinido o temporal.
d) Personal eventual.