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Disposiciones

Real Decreto Legislativo 1/2013 · LGDPDDisposición adicional primeraGarantía del respeto al reparto de competencias constitucional y estatutariamente vigente

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 3 de octubre de 2026. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.

En pocas palabras

La disposición adicional primera de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (Real Decreto Legislativo 1/2013, LGDPD) se titula «Garantía del respeto al reparto de competencias constitucional y estatutariamente vigente».

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Texto literal

Esta ley se aplicará sin perjuicio de las competencias exclusivas reconocidas a las comunidades autónomas en materia de asistencia social en sus respectivos Estatutos de Autonomía.

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