TÍTULO I. Derechos y obligacionesCAPÍTULO V. Derecho a la Accesibilidad Universal
Real Decreto Legislativo 1/2013 · LGDPDArtículo 33Concepto de rehabilitación de la vivienda
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 3 de octubre de 2026. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 33 de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (Real Decreto Legislativo 1/2013, LGDPD) se titula «Concepto de rehabilitación de la vivienda» y está en el capítulo V («Derecho a la Accesibilidad Universal») del título I («Derechos y obligaciones»).
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Texto literal
Se considerará rehabilitación de la vivienda, a efectos de la obtención de subvenciones y préstamos con subvención de intereses, las reformas que las personas con discapacidad o las unidades familiares o de convivencia con algún miembro con discapacidad tengan que realizar en su vivienda habitual y permanente para que ésta resulte accesible.