TÍTULO XII. Recompensas y honores
Ley Orgánica 9/2015 · LOPNArtículo 83Recompensas
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 12 de noviembre de 2024. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 83 de la Ley Orgánica de Régimen de Personal de la Policía Nacional (Ley Orgánica 9/2015, LOPN) se titula «Recompensas» y está en el título XII («Recompensas y honores»).
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Texto literal
Los miembros de la Policía Nacional, sin distinción de escalas o categorías, que en el ejercicio de sus funciones acrediten cualidades excepcionales de valor, sacrificio y abnegación que redunden en beneficio de la sociedad tendrán derecho a que se les reconozca su meritoria actuación, en la forma y condiciones que se determinen.