TÍTULO X. Situaciones administrativasCAPÍTULO III. Suspensión de funciones
Ley Orgánica 9/2015 · LOPNArtículo 63Suspensión de funciones
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 12 de noviembre de 2024. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 63 de la Ley Orgánica de Régimen de Personal de la Policía Nacional (Ley Orgánica 9/2015, LOPN) se titula «Suspensión de funciones» y está en el capítulo III («Suspensión de funciones») del título X («Situaciones administrativas»).
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Texto literal
La suspensión de funciones, que puede ser firme o provisional, supone privar al funcionario del ejercicio de sus funciones durante el tiempo de permanencia en la misma y se regulará por lo dispuesto en esta Ley Orgánica y en la normativa de régimen disciplinario.