Saltar al contenido
Articulado

TÍTULO V. El principio de igualdad en el empleo públicoCAPÍTULO III. Medidas de Igualdad en el empleo para la Administración General del Estado y para los

Ley Orgánica 3/2007 · LOIEMHArtículo 56Permisos y beneficios de protección a la maternidad y la conciliación de la vida personal, familiar

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 2 de agosto de 2024. Comprobado con el BOE el 21 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 56 de la Ley Orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (Ley Orgánica 3/2007, LOIEMH) se titula «Permisos y beneficios de protección a la maternidad y la conciliación de la vida personal, familiar» y está en el capítulo III («Medidas de Igualdad en el empleo para la Administración General del Estado y para los») del título V («El principio de igualdad en el empleo público»).

Lectura
1 min
Preguntas de test
2

Texto literal

personal, familiar y laboral. Sin perjuicio de las mejoras que pudieran derivarse de acuerdos suscritos entre la Administración General del Estado o los organismos públicos vinculados o dependientes de ella con los representantes del personal al servicio de la Administración Pública, la normativa aplicable a los mismos establecerá un régimen de excedencias, reducciones de jornada, permisos u otros beneficios con el fin de proteger la maternidad y facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral. Con la misma finalidad se reconocerá un permiso de paternidad, en los términos que disponga dicha normativa.

Artículos relacionados

Lo mencionan

En el mismo capítulo

Índice de la Ley Orgánica 3/2007