TÍTULO VII. De las disposiciones comunes sobre procedimiento
Ley Orgánica 2/1979 · LOTCArtículo 84
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 2 de agosto de 2024. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 84 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (Ley Orgánica 2/1979, LOTC) está en el título VII («De las disposiciones comunes sobre procedimiento»).
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Texto literal
El Tribunal, en cualquier tiempo anterior a la decisión, podrá comunicar a los comparecidos en el proceso constitucional la eventual existencia de otros motivos distintos de los alegados, con relevancia para acordar lo procedente sobre la admisión o inadmisión y, en su caso, sobre la estimación o desestimación de la pretensión constitucional. La audiencia será común, por plazo no superior al de diez días con suspensión del término para dictar la resolución que procediere.
Plazos y cifras
Copiados tal cual del texto de arriba, para repasarlos de un vistazo.
- La audiencia será común, por plazo no superior al de diez días con suspensión del término para dictar la resolución que procediere.