Disposiciones
Ley Orgánica 1/2004 · LOVGDisposición final sextaModificación de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 7 de septiembre de 2022. Comprobado con el BOE el 23 de octubre de 2026.
En pocas palabras
La disposición final sexta de la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (Ley Orgánica 1/2004, LOVG) se titula «Modificación de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia».
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Texto literal
Jurídica Gratuita.
Se modifica el apartado 5 del artículo 3 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia
Gratuita, que quedará redactado como sigue:
«5. Tampoco será necesario que las víctimas de violencia de género acrediten
previamente carecer de recursos cuando soliciten defensa jurídica gratuita
especializada, que se les prestará de inmediato, sin perjuicio de que si no se le
reconoce con posterioridad el derecho a la misma, éstas deban abonar al abogado
los honorarios devengados por su intervención.»