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Disposiciones

Ley Orgánica 1/2004 · LOVGDisposición final sextaModificación de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 7 de septiembre de 2022. Comprobado con el BOE el 23 de octubre de 2026.

En pocas palabras

La disposición final sexta de la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (Ley Orgánica 1/2004, LOVG) se titula «Modificación de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia».

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1 min

Texto literal

Jurídica Gratuita.

Se modifica el apartado 5 del artículo 3 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia

Gratuita, que quedará redactado como sigue:

«5. Tampoco será necesario que las víctimas de violencia de género acrediten

previamente carecer de recursos cuando soliciten defensa jurídica gratuita

especializada, que se les prestará de inmediato, sin perjuicio de que si no se le

reconoce con posterioridad el derecho a la misma, éstas deban abonar al abogado

los honorarios devengados por su intervención.»

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