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Articulado

TÍTULO V. Tutela JudicialCAPÍTULO V. Del Fiscal contra la Violencia sobre la Mujer

Ley Orgánica 1/2004 · LOVGArtículo 72Delegados de la Jefatura de la Fiscalía

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 7 de septiembre de 2022. Comprobado con el BOE el 23 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 72 de la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (Ley Orgánica 1/2004, LOVG) se titula «Delegados de la Jefatura de la Fiscalía» y está en el capítulo V («Del Fiscal contra la Violencia sobre la Mujer») del título V («Tutela Judicial»).

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Texto literal

Se da una nueva redacción al apartado 5 del artículo 22 de la Ley 50/1981, de 30 de

diciembre, reguladora del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, que queda redactado de la

siguiente forma:

«5. En aquellas Fiscalías en las que el número de asuntos de que conociera así

lo aconsejara y siempre que resultara conveniente para la organización del servicio,

previo informe del Consejo Fiscal, podrán designarse delegados de la Jefatura con el

fin de asumir las funciones de dirección y coordinación que le fueran específicamente

encomendadas. La plantilla orgánica determinará el número máximo de delegados

de la Jefatura que se puedan designar en cada Fiscalía. En todo caso, en cada

Fiscalía habrá un delegado de Jefatura que asumirá las funciones de dirección y

coordinación, en los términos previstos en este apartado, en materia de infracciones

relacionadas con la violencia de género, delitos contra el medio ambiente, y vigilancia

penitenciaria, con carácter exclusivo o compartido con otras materias.

Tales delegados serán nombrados y, en su caso, relevados mediante resolución

dictada por el Fiscal General del Estado, a propuesta motivada del Fiscal Jefe

respectivo, oída la Junta de Fiscalía. Cuando la resolución del Fiscal General del

Estado sea discrepante con la propuesta del Fiscal Jefe respectivo, deberá ser

motivada.

Para la cobertura de estas plazas será preciso, con carácter previo a la

propuesta del Fiscal Jefe correspondiente, realizar una convocatoria entre los

Fiscales de la plantilla. A la propuesta se acompañará relación del resto de los

Fiscales que hayan solicitado el puesto con aportación de los méritos alegados.»

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