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Articulado

TÍTULO VIII. De las medidas de investigación limitativas de los derechos reconocidos en el artículo 18 de la ConstituciónCAPÍTULO V. La interceptación de las comunicaciones telefónicas y telemáticas

Ley de Enjuiciamiento Criminal · LECRIMArtículo 588 ter aPresupuestos

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 9 de abril de 2026. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 588 ter a de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECRIM) se titula «Presupuestos» y está en el capítulo V («La interceptación de las comunicaciones telefónicas y telemáticas») del título VIII («De las medidas de investigación limitativas de los derechos reconocidos en el artículo 18 de la Constitución»). Remite al artículo 579.

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Texto literal

La autorización para la interceptación de las comunicaciones telefónicas y telemáticas solo podrá ser concedida cuando la investigación tenga por objeto alguno de los delitos a que se refiere el artículo 579.1 de esta ley o delitos cometidos a través de instrumentos informáticos o de cualquier otra tecnología de la información o la comunicación o servicio de comunicación.

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