TÍTULO VIII. De las medidas de investigación limitativas de los derechos reconocidos en el artículo 18 de la ConstituciónCAPÍTULO III. De la detención y apertura de la correspondencia escrita y telegráfica
Ley de Enjuiciamiento Criminal · LECRIMArtículo 584
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 9 de abril de 2026. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 584 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECRIM) está en el capítulo III («De la detención y apertura de la correspondencia escrita y telegráfica») del título VIII («De las medidas de investigación limitativas de los derechos reconocidos en el artículo 18 de la Constitución»).
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Texto literal
Para la apertura y registro de la correspondencia postal será citado el interesado. Éste o la persona que designe podrá presenciar la operación.