TÍTULO IV. Promoción de la igualdad de mujeres y hombres en el ámbito localCAPÍTULO III. Planes municipales de igualdad
Ley 7/2023 · LIGGArtículo 142La Carta europea para la igualdad de mujeres y hombres en la vida local como inspiración de los planes municipales de igualdad
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2024. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 142 de la Ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia (Ley 7/2023, LIGG) se titula «La Carta europea para la igualdad de mujeres y hombres en la vida local como inspiración de los planes municipales de igualdad» y está en el capítulo III («Planes municipales de igualdad») del título IV («Promoción de la igualdad de mujeres y hombres en el ámbito local»).
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Texto literal
La Administración autonómica promoverá que los planes municipales de igualdad que se elaboren estén inspirados en la Carta europea para la igualdad de mujeres y hombres en la vida local, promovida y aprobada por el Consejo de Municipios y Regiones de Europa y sus asociados, y que incluyan, en consonancia con la responsabilidad democrática de los ayuntamientos, sobre la cual se sustenta esa carta, los compromisos de los mismos para favorecer la aplicación efectiva del derecho a la igualdad de género.
CAPÍTULO IV
Programas municipales de municipio seguro