TÍTULO VI. Bienes, actividades y servicios, y contrataciónCAPÍTULO I. Bienes
Ley 7/1985 · LBRLArtículo 80
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 5 de octubre de 2026. Comprobado con el BOE el 21 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 80 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local (Ley 7/1985, LBRL) está en el capítulo I («Bienes») del título VI («Bienes, actividades y servicios, y contratación»). Tiene 2 apartados.
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Texto literal
1. Los bienes comunales y demás bienes de dominio público son inalienables, inembargables e imprescriptibles y no están sujetos a tributo alguno.
2. Los bienes patrimoniales se rigen por su legislación específica y, en su defecto, por las normas de Derecho privado.