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Articulado

TÍTULO III. La ProvinciaCAPÍTULO III. Regímenes especiales

Ley 7/1985 · LBRLArtículo 41

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 5 de octubre de 2026. Comprobado con el BOE el 21 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 41 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local (Ley 7/1985, LBRL) está en el capítulo III («Regímenes especiales») del título III («La Provincia»). Tiene 3 apartados.

Apartados
3
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Preguntas de test
3

Texto literal

1. Los Cabildos Insulares Canarios, como órganos de gobierno, administración y representación de cada isla, se rigen por las normas contenidas en la disposición adicional decimocuarta de esta ley y supletoriamente por las normas que regulan la organización y funcionamiento de las Diputaciones provinciales, asumiendo las competencias de éstas, sin perjuicio de lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía de Canarias.

2. En el Archipiélago Canario subsisten las mancomunidades provinciales interinsulares exclusivamente como órganos de representación y expresión de los intereses provinciales. Integran dichos órganos los Presidentes de los Cabildos insulares de las provincias correspondientes, presidiéndolos el del Cabildo de la Isla en que se halle la capital de la provincia.

3. Los Consejos Insulares de las Islas Baleares, a los que son de aplicación las normas de esta ley que regulan la organización y funcionamiento de las Diputaciones provinciales, asumen sus competencias de acuerdo con lo dispuesto en esta ley y las que les correspondan de conformidad con el Estatuto de Autonomía de Baleares.

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  1. Apartado 2

    Según el artículo 41 de la Ley 7/1985, en el Archipiélago Canario las mancomunidades provinciales interinsulares están presididas por el del Cabildo de la Isla en que se halle:

    1. A) La sede de la Diputación.
    2. B) La capital autonómica.
    3. C) La sede de la Subdelegación del Gobierno.
    4. D) La capital de la provincia.

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Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-1985-5392. Ver la Ley 7/1985 en el BOE (se abre en otra pestaña)

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