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Articulado

TÍTULO III. La ProvinciaCAPÍTULO III. Regímenes especiales

Ley 7/1985 · LBRLArtículo 39

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 5 de octubre de 2026. Comprobado con el BOE el 21 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 39 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local (Ley 7/1985, LBRL) está en el capítulo III («Regímenes especiales») del título III («La Provincia»).

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Texto literal

Los órganos forales de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya conservan su régimen peculiar en el marco del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma del País Vasco. No obstante, las disposiciones de la presente Ley les serán de aplicación con carácter supletorio.

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