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Articulado

TÍTULO VI. Derechos retributivos

Ley 5/2023 · LFPAArtículo 80Prestaciones por incapacidad temporal

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 7 de abril de 2026. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 80 de la Ley de la Función Pública de Andalucía (Ley 5/2023, LFPA) se titula «Prestaciones por incapacidad temporal» y está en el título VI («Derechos retributivos»).

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Texto literal

Respecto del personal no funcionario, se podrán reconocer, previa negociación colectiva y de acuerdo con la normativa estatal de carácter básico, los supuestos de enfermedad que, por su naturaleza y gravedad, darán lugar a la percepción de un complemento que, en ningún caso, podrá superar el importe medio de sus retribuciones del año inmediatamente

anterior al de la fecha del inicio de la incapacidad, actualizado en función del incremento retributivo que haya podido producirse.

TÍTULO VII

Derecho a la negociación colectiva y representación. Solución extrajudicial de conflictos

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

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Índice de la Ley 5/2023