TÍTULO VI. Derechos retributivos
Ley 5/2023 · LFPAArtículo 79Régimen de la Seguridad Social y derechos pasivos del personal funcionario al servicio de la Administración General de la Junta de Andalucía
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 7 de abril de 2026. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 79 de la Ley de la Función Pública de Andalucía (Ley 5/2023, LFPA) se titula «Régimen de la Seguridad Social y derechos pasivos del personal funcionario al servicio de la Administración General de la Junta de Andalucía» y está en el título VI («Derechos retributivos»).
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Texto literal
El régimen de Seguridad Social del personal funcionario propio y de nuevo ingreso en la Administración General de la Junta de Andalucía, del personal funcionario procedente de otras Administraciones y del personal funcionario que haya ingresado voluntariamente en cuerpos propios de la Administración General de la Junta de Andalucía será el establecido por la normativa estatal que resulte de aplicación.