TÍTULO XIII. Relaciones interadministrativas
Ley 5/2023 · LFPAArtículo 178Relaciones de cooperación entre las Administraciones públicas
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 7 de abril de 2026. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 178 de la Ley de la Función Pública de Andalucía (Ley 5/2023, LFPA) se titula «Relaciones de cooperación entre las Administraciones públicas» y está en el título XIII («Relaciones interadministrativas»). Tiene 2 apartados.
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Texto literal
1. En las materias objeto de esta ley, la actuación y relaciones de las Administraciones públicas de Andalucía se fundamentarán en los principios establecidos en la normativa estatal de carácter básico.
2. Para la consecución de objetivos comunes podrán celebrar convenios y llevar a cabo planes y programas conjuntos de actuación en materia de empleo público.