Disposiciones
Ley 41/2002 · LAPDisposición transitoria únicaInforme de alta
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 1 de marzo de 2023. Comprobado con el BOE el 23 de octubre de 2026.
En pocas palabras
La disposición transitoria única de la Ley básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica (Ley 41/2002, LAP) se titula «Informe de alta». Remite al artículo 20.
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Texto literal
El informe de alta se regirá por lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Sanidad, de 6
de septiembre de 1984, mientras no se desarrolle legalmente lo dispuesto en el artículo 20
de esta Ley.