TÍTULO II. Organización y funcionamiento del sector público institucionalCAPÍTULO V. De las sociedades mercantiles estatales
Ley 40/2015 · LRJSPArtículo 115Régimen de responsabilidad aplicable a los miembros de los consejos de administración de las sociedades mercantiles estatales designados por la Administración General del Estado
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 2 de agosto de 2024. Comprobado con el BOE el 24 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 115 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público (Ley 40/2015, LRJSP) se titula «Régimen de responsabilidad aplicable a los miembros de los consejos de administración de las sociedades mercantiles estatales designados por la Administración General del Estado» y está en el capítulo V («De las sociedades mercantiles estatales») del título II («Organización y funcionamiento del sector público institucional»). Tiene 2 apartados.
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Texto literal
1. La responsabilidad que le corresponda al empleado público como miembro del consejo de administración será directamente asumida por la Administración General del Estado que lo designó.
2. La Administración General del Estado podrá exigir de oficio al empleado público que designó como miembro del consejo de administración la responsabilidad en que hubiera incurrido por los daños y perjuicios causados en sus bienes o derechos cuando hubiera concurrido dolo, o culpa o negligencia graves, conforme a lo previsto en las leyes administrativas en materia de responsabilidad patrimonial.