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Articulado

TÍTULO II. Organización y funcionamiento del sector público institucionalCAPÍTULO V. De las sociedades mercantiles estatales

Ley 40/2015 · LRJSPArtículo 112Principios rectores

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 2 de agosto de 2024. Comprobado con el BOE el 24 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 112 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público (Ley 40/2015, LRJSP) se titula «Principios rectores» y está en el capítulo V («De las sociedades mercantiles estatales») del título II («Organización y funcionamiento del sector público institucional»).

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Texto literal

La Administración General del Estado y las entidades integrantes del sector público institucional, en cuanto titulares del capital social de las sociedades mercantiles estatales, perseguirán la eficiencia, transparencia y buen gobierno en la gestión de dichas sociedades mercantiles, para lo cual promoverán las buenas prácticas y códigos de conducta adecuados a la naturaleza de cada entidad. Todo ello sin perjuicio de la supervisión general que ejercerá el accionista sobre el funcionamiento de la sociedad mercantil estatal, conforme prevé la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

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