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Articulado

TÍTULO I. Derechos básicos

Ley 4/2015 · LEVDArtículo 6Derechos de la víctima como denunciante

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 7 de septiembre de 2022. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 6 de la Ley del Estatuto de la víctima del delito (Ley 4/2015, LEVD) se titula «Derechos de la víctima como denunciante» y está en el título I («Derechos básicos»). Enumera 2 letras.

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Preguntas de test
2

Texto literal

Toda víctima tiene, en el momento de presentar su denuncia, los siguientes derechos:

a) A obtener una copia de la denuncia, debidamente certificada.

b) A la asistencia lingüística gratuita y a la traducción escrita de la copia de la denuncia presentada, cuando no entienda o no hable ninguna de las lenguas que tengan carácter oficial en el lugar en el que se presenta la denuncia.

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  1. Apartado b)

    Conforme al artículo 6 de la Ley 4/2015, entre los derechos de la víctima en el momento de presentar su denuncia se encuentra el derecho:

    1. A) a la asistencia lingüística gratuita y a la traducción escrita de la copia de la denuncia presentada.
    2. B) a la asistencia lingüística gratuita y a la traducción oral del atestado policial instruido.
    3. C) a la asistencia jurídica gratuita y a la traducción escrita de las diligencias tramitadas.
    4. D) a la asistencia psicológica gratuita y a la traducción escrita del procedimiento penal incoado.

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Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-2015-4606. Ver la Ley 4/2015 en el BOE (se abre en otra pestaña)

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