TÍTULO IV. Disposiciones comunesCAPÍTULO I. Oficinas de Asistencia a las Víctimas
Ley 4/2015 · LEVDArtículo 29Funciones de apoyo a actuaciones de justicia restaurativa y de solución extraprocesal
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 7 de septiembre de 2022. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 29 de la Ley del Estatuto de la víctima del delito (Ley 4/2015, LEVD) se titula «Funciones de apoyo a actuaciones de justicia restaurativa y de solución extraprocesal» y está en el capítulo I («Oficinas de Asistencia a las Víctimas») del título IV («Disposiciones comunes»).
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Texto literal
Las Oficinas de Asistencia a las Víctimas prestarán, en los términos que reglamentariamente se determine, apoyo a los servicios de justicia restaurativa y demás procedimientos de solución extraprocesal que legalmente se establezcan.