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Disposiciones

Ley 39/2006 · LDEPDisposición adicional primeraFinanciación de las prestaciones y servicios garantizados por la Administración General del Estado

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 3 de octubre de 2026. Comprobado con el BOE el 24 de octubre de 2026.

En pocas palabras

La disposición adicional primera de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia (Ley 39/2006, LDEP) se titula «Financiación de las prestaciones y servicios garantizados por la Administración General del Estado». Remite al artículo 9.

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Texto literal

La Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio determinará la cuantía y la forma de abono a las Comunidades Autónomas de las cantidades necesarias para la financiación de los servicios y prestaciones previstos en el artículo 9 de esta Ley.

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