TÍTULO VI. Derechos y deberes individuales de los empleados públicosCAPÍTULO I. Disposiciones generales
Ley 2/2015 · LEPGArtículo 73Principios de actuación
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2025. Comprobado con el BOE el 24 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 73 de la Ley del empleo público de Galicia (Ley 2/2015, LEPG) se titula «Principios de actuación» y está en el capítulo I («Disposiciones generales») del título VI («Derechos y deberes individuales de los empleados públicos»). Tiene 3 apartados. Remite al artículo 74.
- Apartados
- 3
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- 2
Texto literal
1. Con carácter general, los empleados públicos incluidos en el ámbito de aplicación de la presente ley deben actuar conforme a los principios de legalidad, objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público,
transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez, promoción del entorno cultural y ambiental y respeto a la igualdad entre mujeres y hombres.
2. Estos principios inspiran el código de conducta regulado en el artículo siguiente e informarán la interpretación y aplicación del régimen disciplinario de los empleados públicos.
3. Asimismo, los empleados públicos ajustarán su actuación a lo dispuesto en el código ético aprobado por el correspondiente órgano de gobierno.