TÍTULO I. Objeto, principios y ámbito de aplicación
Ley 2/2015 · LEPGArtículo 2Potestad de autoorganización
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2025. Comprobado con el BOE el 24 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 2 de la Ley del empleo público de Galicia (Ley 2/2015, LEPG) se titula «Potestad de autoorganización» y está en el título I («Objeto, principios y ámbito de aplicación»).
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Texto literal
Con la finalidad de satisfacer los intereses generales, la Comunidad Autónoma de Galicia tiene atribuida la potestad de autoorganización, que la faculta, de acuerdo con el ordenamiento jurídico, para estructurar, establecer el régimen jurídico y dirigir y fijar los objetivos de la función pública gallega.