TÍTULO II. Órganos administrativos competentes en materia de personalCAPÍTULO I. Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia
Ley 2/2015 · LEPGArtículo 15La consejería competente en materia de administraciones públicas
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2025. Comprobado con el BOE el 24 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 15 de la Ley del empleo público de Galicia (Ley 2/2015, LEPG) se titula «La consejería competente en materia de administraciones públicas» y está en el capítulo I («Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia») del título II («Órganos administrativos competentes en materia de personal»). Enumera 2 letras.
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Texto literal
Corresponde a la persona titular de la consejería competente en materia de administraciones públicas:
a) Mantener la adecuada coordinación con los órganos competentes en materia de personal de las demás administraciones públicas.
b) a d) (Suprimidas). e) Ejercer las competencias que tiene atribuidas la Comunidad Autónoma de Galicia respecto al personal funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional. f) Designar a las personas representantes de la Comunidad Autónoma en los tribunales calificadores de procesos selectivos de personal para las entidades locales.