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Articulado

TÍTULO ICAPÍTULO III. Derecho de acceso a la información pública

Ley 19/2013 · LTBGArtículo 23Recursos

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 9 de julio de 2022. Comprobado con el BOE el 22 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 23 de la Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (Ley 19/2013, LTBG) se titula «Recursos» y está en el capítulo III («Derecho de acceso a la información pública»). Tiene 2 apartados. Remite a los artículos 2 y 24.

Apartados
2
Lectura
1 min
Preguntas de test
2

Texto literal

1. La reclamación prevista en el artículo siguiente tendrá la consideración de sustitutiva de los recursos administrativos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, contra las resoluciones dictadas por los órganos previstos en el artículo 2.1.f) sólo cabrá la interposición de recurso contenciosoadministrativo.

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  1. Apartado 2

    Según el artículo 23 de la Ley 19/2013, contra las resoluciones dictadas por los órganos previstos en el artículo 2.1.f) sólo cabrá la interposición de:

    1. A) recurso de alzada ordinario.
    2. B) recurso contencioso-administrativo.
    3. C) reclamación potestativa previa.
    4. D) recurso extraordinario previo.

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Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-2013-12887. Ver la Ley 19/2013 en el BOE (se abre en otra pestaña)

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