TÍTULO II. Defensa y promoción del derecho a la igualdad de trato y no discriminaciónCAPÍTULO I. Garantías del derecho a la igualdad de trato y no discriminación
Ley 15/2022 · LITNDArtículo 26Nulidad de pleno derecho
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 13 de julio de 2022. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 26 de la Ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación (Ley 15/2022, LITND) se titula «Nulidad de pleno derecho» y está en el capítulo I («Garantías del derecho a la igualdad de trato y no discriminación») del título II («Defensa y promoción del derecho a la igualdad de trato y no discriminación»). Remite al artículo 2.
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Texto literal
Son nulos de pleno derecho las disposiciones, actos o cláusulas de los negocios jurídicos que constituyan o causen discriminación por razón de alguno de los motivos previstos en el apartado primero del artículo 2 de esta ley.